Actualización al servicio de cancelación

Con base en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos, publicado en el DOF el día 12 de noviembre de 2021, se señala que:

  • A partir de 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
  • Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 "Comprobante emitido con errores con relación" deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
  • Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas: sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.

Puedes consultar este, y los cambios asociados a la Actualización Factura electrónica – Reforma Fiscal 2022 en el sitio del SAT.

Servicios de cancelación que se actualizan

Para mayor información o aclaración de dudas relacionadas con estos nuevos servicios de cancelación, por favor envía un correo a MEX-soporte@sovos.com. También puedes consultar la información oficial relacionada a la actualización Factura electrónica – Reforma Fiscal 2022 para conocer más acerca de estos cambios.


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